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Por Aurelio del Pino, presidente de ACES
Nos encontramos en un momento social, político y geoestratégico muy cambiante e incierto en el que, debido a los diversos acontecimientos que estamos viviendo, se están poniendo en relieve diferentes cuestiones de la vida diaria que hay que replantear. En este sentido, y tras el reciente paro de transportes, la actual guerra en Ucrania o las consecuencias aún activas de la Covid-19, resulta más necesario que nunca readaptar nuestro marco jurídico para permitir a las empresas afrontar las nuevas situaciones con menos trabas y costes normativos y fiscales.
Aunque en el BOE y otros diarios oficiales no suelen reflejarse estas medidas que demanda nuestro sector, el pasado 30 de marzo, entró en vigor el nuevo Real Decreto-ley 6/2022, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania que sí recoge una modificación necesaria de la Ley de ordenación del comercio minorista. La nueva disposición permite la limitación del número de unidades de venta a cada consumidor ante circunstancias extraordinarias o de fuerza mayor. Sin duda, se trata de un cambio importante, ya que hasta ahora la legislación estaba pensada para situaciones de normalidad, pero no para las circunstancias excepcionales que hemos experimentado en los últimos años.
Entendemos que esta medida contempla las garantías oportunas para el consumidor y que la limitación de unidades de venta tiene que tener un carácter temporal -muy restringido- persiguiendo siempre un objetivo muy claro: proteger el abastecimiento y su garantía al consumidor utilizando únicamente aquellas medidas que sean proporcionadas e indispensables para el ejercicio de esta actividad. Creemos con ello que en estas situaciones el consumidor va a tener muchísimas garantías y nosotros más seguridad jurídica para desarrollar nuestro trabajo.
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